miércoles, 19 de diciembre de 2012

Primera Compañía trabajó en la atención de 12 lesionados en San Ramón

Primera Compañía trabajó en la atención de 12 lesionados en San Ramón


Bomberos de la Granja trabajó en accidente de tránsito en las intersecciones de El Parrón con Rivadavia, San Ramón

Publicado por Primera Compañía La Granja-San Ramón-La Pintana
18 dicimbre, 2012
 


"En la tarde del día sábado 15 de diciembre de 2012. Fue despachado material mayor a 10-4-1, en las calles El Parrón con Rivadavia, por una colisión de 2 vehículos con  personas lesionadas.

A la llegada de la Unidad de Rescate R-1 y nuestro carro bomba B-1, junto con nuestro personal, se encontraron con una colisión frontal  entre dos buses transantiago, con el resultado de doce personas lesionadas.  Gracias a la pronta llegada de nuestro personal, y una muy buena coordinación con personal de Samu se pudo brindar de los primeros auxilios y un rápido traslado de los lesionados al servicio de atención medica,  los lesionados fueron derivados al Hospital Sotero del Rio y el Hospital Padre Hurtado.

A cargo de la emergencia estuvo nuestro Capitán Sr. Christian Cancino y se trabajó en conjunto con Carabineros de San Ramón y ambulancias del Samu, de la Mutual de Seguridad y Ambulancias Comunales."


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martes, 18 de diciembre de 2012

38 colegios pierden reconocimiento del Mineduc: Deberán cerrar

38 colegios pierden reconocimiento del Mineduc: Deberán cerrar 


Los establecimiento que quedarán sin subvención y que pierden la facultad para certificar estudios son 20 de la Región Metropolitana y 18 de regiones. Entre sus irregularidades se cuenta el no pago de las cotizaciones previsionales, y la adulteración de asistencia de alumnos.


Publicado por El Dínamo 
13 de diciembre de 2012 - 16:31


El ministro de Educación, Harald Beyer,y el superintendente de Educación Escolar, Manuel Casanueva, dieron a conocer este jueves el listado de 38 establecimientos,  20 de la Región Metropolitana y 18 de regiones, que perderán el reconocimiento oficial para el año 2013, debido a incumplimientos reiterados en las normativas.

Se trata de infracciones como el no pago de las cotizaciones previsionales, adulteración de asistencia de algunos alumnos, ausencia de profesores o la existencia de funcionarios sin título, sumadas a serios problemas de infraestructura, publica La Segunda.

Todos los colegios sancionados son particulares subvencionados. Los de regiones se ubican en O’Higgins, Los Ríos y Los Lagos (con tres establecimientos revocados cada una), Coquimbo, Valparaíso, Maule y La Araucanía (con dos), y Arica y Parinacota (con uno).

En la Región Metropolitana, los establecimientos corresponden a las comunas de Maipú (con tres colegios), La Florida, Puente Alto, San Bernardo y Calera de Tango (con dos), y Curacaví, San José de Maipo, Buin, La Granja, Melipilla, María Pinto, San Pedro, San Ramón (Escuela Especial Particular Dalcahue 2) y Peñaflor (con uno).

Harald Beyer detalló que tras la perdida del reconocimiento, los establecimientos dejarán de percibir la subvención escolar y pierden, además, la facultad para certificar estudios.

Cabe recordar que esta no es la primera vez en el año que se quita reconocimiento a colegios. En abril último otros 37 establecimiento perdieron el reconocimiento; asimismo, en junio se identificó a otros 400 recintos “en riesgo de”, los que fueron fiscalizados con posterioridad y entre los cuales se encuentran los 38 dados a conocer hoy.
Multas de $6.500 millones

El secretario de Estado agregó que entre el 1 de enero al 30 de noviembre se han llevado a cabo 29.404 fiscalizaciones y que el monto de las multas cursadas supera los $6.500 millones en lo que va del año. De acuerdo al desglose, $3.497 millones corresponden a colegios particulares subvencionados y $3.014 millones a municipales.

La cifra total de establecimientos multados en Chile alcanza a los 4.106 (2.103 particulares subvencionados y 1.943 municipales).

En la otra cara de la moneda, 2.865 colegios a nivel nacional no recibieron ningún tipo de sanción quedando con actas “A”. Los con letra “B” fueron aquellos que presentan observaciones leves y tienen un plazo de 10 días para ser superadas, y los “C” son las que derivan en procesos administrativos ante incumplimientos a la normativa educacional.

Aquí te dejamos el listado de establecimientos con revocación del reconocimiento oficial:



"El Seremi de Educación Metropolitano, Alan Wlikins, hizo un llamado a la calma a los apoderados de estos colegios, garantizando que todos los estudiantes tendrán un colegio para el 2013. Para ello, los directores provinciales de la zona Metropolitana estarán trabajando especialmente en el tema, y se nombrará un funcionario con dedicación exclusiva para orientar, apoyar y acompañar a las familias en el proceso."

Dirección Provicial: SUR
Comunas: Buin, Calera de Tango, La Granja, San Bernardo, San Ramón
Encargado de apoyo familiar: Marco Ortiz
Contactos: marco.ortiz@mineduc.cl / (02) 24067496 






Links: 
El Dínamo  
Comunidad Escolar, Mineduc
Chilevisión Noticias

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lunes, 12 de noviembre de 2012

El Concejo Municipal

Dentro de un municipio el Acalde es la máxima autoridad, sin embargo, su administración es realizada conjuntamente con el Concejo Municipal, que de acuerdo a la ley tiene un carácter normativo, resolutivo y fiscalizador.


En este sentido, sus integrantes son los llamados concejales, quienes son los encargados de hacer efectiva la participación de la comunidad local y de ejercer las atribuciones que la ley les concede:

1. Fiscalizar el cumplimiento de los planes y programas de inversión municipales y la ejecución del presupuesto municipal
2. Fiscalizar las actuaciones del alcalde y formularle las observaciones que le merezcan, las que deberán ser respondidas por escrito dentro del plazo máximo de 20 días
3. Aprobar la participación municipal en asociaciones, corporaciones o fundaciones
4. Recomendar al alcalde prioridades en la formulación y ejecución de proyectos específicos y medidas concretas de desarrollo comunal;
5. Elegir a los integrantes del directorio que le corresponda designar a la municipalidad en cada corporación o fundación en que tenga participación, cualquiera sea el carácter.
6. Solicitar informe a las empresas, corporaciones o fundaciones municipales, y a las entidades que reciban aportes o subvenciones de la municipalidad
7. Supervisar el cumplimiento del plan comunal de desarrollo

Los concejales también serán elegidos a través del sufragio universal y de manera separada de los alcaldes, es decir, en una cédula de votación diferente, aunque su período también se extenderá por cuatro años, como el de los alcaldes, y con la posibilidad de ser reelectos.

La conformación de los Concejos Municipales estará determinada por el número de electores inscritos en la comuna respectiva. Según esto donde existan menos de 70 mil electores, el Concejo estará integrado por seis personas; este número asciende a ocho cuando la comuna cuente con menos de 150 mil electores, y diez concejales cuando los electores sean más de 150 mil.

En cuanto al rol fiscalizador que debe ejercer el Concejo Municipal, sus integrantes también tienen la facultad de evaluar la gestión del alcalde, especialmente para verificar que los actos municipales se hayan ajustado a las políticas, normas y acuerdos adoptados por el concejo.

Fuente: www.bcn.cl
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Los Deberes de un Alcalde


De acuerdo a lo establecido por la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, el alcalde es reconocido como la máxima autoridad de un municipio y es el encargado de dirigir, administrar y supervigilar el funcionamiento de la municipalidad.

La persona que ocupe dicho cargo deberá ser elegida por votación popular, en la que sólo podrá participar si acredita haber cursado Enseñanza Media, además de cumplir con otros requisitos, comunes también para el resto de los integrantes del Concejo Municipal, como son:

- Ser ciudadano con derecho a sufragio
- Saber leer y escribir
- Tener residencia en la región a la que pertenezca la respectiva comuna, al menos durante los últimos dos años anteriores a la elección
- Tener su situación militar al día

El alcalde permanecerá en el cargo por cuatro años, tras los cuales podrá ser relegido en las mismas condiciones anteriores.

En su artículo N° 59, la ley establece además que el cargo de alcalde será incompatible con el ejercicio de cualquier otro empleo o función pública retribuido con fondos estatales, con excepción de los empleos o funciones docentes de Educación Básica, Media o Superior, hasta el límite de 12 horas semanales.

Por otro lado, entre las atribuciones alcaldicias está el:

- Representar judicial y extrajudicialmente a la municipalidad
- Velar por la probidad administrativa dentro del municipio y aplicar medidas disciplinarias al personal de su dependencia, en conformidad con las normas estatutarias que lo rijan
- Administrar los recursos financieros de la municipalidad, de acuerdo con las normas sobre administración financiera del Estado
- Administrar los bienes municipales y nacionales de uso público de la comuna
- Delegar el ejercicio de parte de sus atribuciones exclusivas en funcionarios de su dependencia o en delegados que designe. Incluso, delegar la facultad para firmar en algunas materias específicas, utilizando la fórmula "por orden del alcalde"
- Coordinar la acción de servicios públicos en el territorio que corresponda a la comuna
- Convocar y presidir el Concejo Municipal, y el consejo económico y social comunal
- Someter a plebiscito las materias de administración local, según establece la ley

De igual forma, el alcalde deberá dar cuenta pública al Concejo Municipal, a más tardar en abril de cada año, de su gestión anual y de la marcha general de la municipalidad. Esta cuenta se efectuará mediante un informe escrito y deberá contener, entre otros:

- El balance de la ejecución presupuestaria y el estado de situación financiera
- Las acciones realizadas para el cumplimiento del plan comunal de desarrollo, estados de avance de los programas de mediano y largo plazo, las metas cumplidas y los objetivos alcanzados
-Un resumen de las observaciones más relevantes efectuadas por la Contraloría  General de la República, relacionadas con la administración municipal
- Los convenios celebrados con otras instituciones, públicas o privadas, así como la constitución de corporaciones o fundaciones, o la incorporación municipal a ese tipo de entidades
- Las modificaciones efectuadas al patrimonio municipal

Según la ley, un extracto de esta cuenta pública debe ser difundido a la comunidad y su texto completo puesto a disposición de los ciudadanos.


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sábado, 3 de noviembre de 2012

Reunión de Alcalde de San Ramón con Alcalde electo 2012


Por Ilustre Municipalidad de San Ramón


Viernes, 02 de Noviembre de 2012 19:17 


 
En distendida y amena reunión de trabajo,  el Alcalde Pedro Isla Farías presentó a cada uno de los Directores y jefes de servicios municipales al Alcalde electo de San Ramón, Miguel Ángel Aguilera Sanhueza, quienes a su vez expusieron sobre cada una de sus funciones.

      


El Alcalde electo de San Ramón, MiguelÁngel Aguilera Sanhueza, asistió acompañado de su esposa, Gioanna Barrera. En la reunión también estuvo presente la esposa del actual Alcalde, Sylvia Reyes Terán, electa como Concejal en las elecciones municipales 2012. 







 
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